El Gobierno nacional formalizó la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en diversas regiones de la provincia de Santa Fe afectadas por un cuadro agudo de excesos hídricos. La medida administrativa y de asistencia, plasmada en la Resolución N° 819/2026 firmada por el ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, se instrumentó en los términos y atribuciones conferidos por la Ley Nacional de Emergencia Agropecuaria N° 26.509.
La recomendación oficial para dictar el beneficio se originó el pasado 11 de mayo durante una sesión ordinaria de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA). En dicho encuentro, los equipos técnicos evaluaron el impacto de los fenómenos climáticos sobre la producción y convalidaron los lineamientos del Decreto Provincial 926, dictado por el Ejecutivo santafesino el 5 de mayo de 2026. La declaración posee vigencia jurídica retroactiva a partir del 1° de abril de 2026 y extenderá sus efectos fiscales y operativos hasta el 30 de septiembre de 2026.

Foto. La Politica Ambiental
Los relevamientos satelitales y de campo determinaron que los perjuicios fueron causados de manera directa por excesos extraordinarios de precipitaciones, combinados con los consecuentes desbordes de ríos, arroyos y cursos fluviales de la región. El polígono geográfico de cobertura delineado por las autoridades nacionales comprende las siguientes jurisdicciones y sectores:
Departamento Vera: Abarca de forma total a todas las explotaciones agropecuarias situadas dentro de los límites de los distritos de Fortín Olmos, Garabato, Los Amores, Golondrina, Intiyaco, Cañada Ombú y Los Tábanos.
Departamento 9 de Julio: Incluye a los establecimientos rurales damnificados correspondientes a las comunas y municipios de Gato Colorado, Villa Minetti, San Bernardo, Pozo Borrado, Tostado, Gregoria Pérez de Denis, Santa Margarita y Logroño.
Departamento General Obligado: Registra la inclusión del distrito de Villa Guillermina dentro del esquema de asistencia general.
Cinturón Hortícola: La resolución nacional dispuso la incorporación específica, para el mismo período temporal, de los predios de producción hortícola afectados por anegamientos en los distritos de Recreo, Monte Vera y Santa Fe, pertenecientes al departamento La Capital, quedando exceptuado de este beneficio el subdistrito de San José del Rincón.
La evaluación e instrumentación final de la emergencia contó con una mesa técnica multisectorial de la que formaron parte delegados del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Servicio Meteorológico Nacional (SMN), el Banco de la Nación Argentina, el Banco Central (BCRA), la Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA), el Ministerio del Interior y la cartera de Economía, en conjunto con los representantes de las provincias y de las entidades gremiales del campo (CRA, FAA, CAME, SRA, CONINAGRO y FONAF).
Redacción por dataPORTUARIA
Fuente: SAGyP