La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación informa que el Gobierno Nacional incluyó, en el artículo N°182 inciso d) de la recientemente sancionada Ley de Modernización Laboral N°27.802/2026, la amortización acelerada para bienes semovientes bajo el esquema del impuesto a las ganancias, con el objetivo de reducir los costos para la incorporación de genética de punta en las producciones animales.
En tanto, el Decreto 242/2026, que reglamentó dicho inciso, define a los bienes semovientes amortizables como: animales con fines reproductivos de genética superior, puros de pedigrí o puros controlados, registrados en las asociaciones de productores destinadas a tal fin o empresas proveedoras de genética, afectados directamente al desarrollo de actividades productivas en el territorio de la República Argentina.

La amortización acelerada en 1 año para bienes semovientes incluye animales de genética superior registrados en las asociaciones de criadores de todas las especies. La medida busca que los productores agropecuarios aceleren el proceso de incorporación de genética de punta en los planteles de cría de sus animales, para poder de esa manera mejorar los índices productivos, sanitarios y posicionar de una mejor manera a la producción argentina en los mercados nacionales e internacionales.
Cabe destacar que la registración de las inversiones, selección de los beneficios y gestión integral del RIMI se efectuará, según señala la Resolución Conjunta N°5.849/2026, a través del servicio web Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), que implementará la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Redacción por dataPORTUARIA
Fuente: Secretaria de Agricultura, Ganaderia y Pesca