En diciembre de 2025, el Parlamento y el Consejo Europeos adoptaron una enmienda a la regulación EUDR 2023/1115, que busca combatir la deforestación y la degradación forestal en la cadena de suministro de materias primas y productos derivados que se colocan en el mercado europeo. A su vez, le pidieron a la Comisión Europea que presentara una revisión simplificada junto con una propuesta legislativa para su consideración a fines de abril de 2026. Así se dieron a conocer propuestas y aclaraciones que, según el análisis de Patricia Bergero y Julio Calzada, no cambian significativamente el rumbo que la EUDR empezó a trazar desde su sanción.
La Comisión Europea concluyó que las medidas introducidas en 2024 y 2025 y las de esta versión de abril de 2026 son más que suficientes para alivianar significativamente la carga administrativa y simplificar los trámites que las empresas deben cumplir en el marco de la EUDR. Los autores señalan que el conjunto de medidas apunta principalmente a los países de bajo riesgo —Argentina está calificada de riesgo estándar—, a los operadores pequeños y medianos de la UE y a los actores aguas abajo en la cadena de abastecimiento, una vez introducido el producto relevante en el bloque.
Los documentos recientemente publicados contienen tres grupos de ajustes: cambios normativos; aclaraciones, remociones y agregados en los documentos Guía y Preguntas Frecuentes; y medidas relacionadas con el Sistema de Información y otras herramientas digitales.

Fuente. Bolsa de Comercio de Rosario
En el primer grupo, el de las modificaciones regulatorias, los autores destacan que desde la aprobación de la EUDR 2023/1115 ocurrieron tres cambios importantes previos a los conocidos en la primera semana de mayo: se dilató en dos oportunidades la fecha de aplicación de las responsabilidades de todos los involucrados; se amplió la categorización de actores involucrados con diferentes tipos de responsabilidades; y se pasó de un sistema de Declaración de Diligencia Debida para todos los operadores y comerciantes a uno en donde la declaración únicamente la debe hacer quien primero introduce el producto relevante al mercado europeo, reduciendo significativamente la carga sobre el resto de los operadores y comerciantes dentro de la Unión Europea.
En mayo de 2026 se presentó una propuesta de Reglamento Delegado que busca modificar el Anexo I del EUDR, que contiene el listado de materias primas y productos relevantes. Las siete materias primas originales no se modifican —ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera—, pero se propone la eliminación de cuero y pieles en bruto, cuero y pieles curtidas y preparados después del curtido y cueros y pieles apergaminados derivados del ganado bovino.
La fundamentación para el cambio, según el análisis, radica en la alta diferenciación de la cadena de valor del cuero respecto de la de la carne: se considera que resulta raro que las curtiembres generen los suficientes incentivos económicos como para influir en la industria de la carne roja, que es la principal demanda en la cría, invernada y faena de los bovinos. De aprobarse la propuesta, el impacto positivo se sentiría en la industria curtidora, aunque el sector ganadero en su conjunto seguiría bajo la lupa de la EUDR. Respecto al complejo soja, Bergero y Calzada señalan que no hubo nada relevante ni cambio alguno que lo implique.

Fuente. Bolsa de Comercio de Rosario
Para el sector agroindustrial enfocado en el complejo de la soja —grano, harina, aceite y derivados—, el conjunto de estos ajustes no introduce flexibilidades operativas importantes, ya que estaban dentro de lo que se conocía hasta el momento, según concluyen los autores. Entre las flexibilidades ya vigentes se encuentran la posibilidad de efectuar una declaración en exceso en casos de rotación de cultivos, el manejo de silos y almacenamiento a granel bajo la prohibición del balance de masa, la delimitación de parcelas de producción dentro de propiedades más grandes, las reglas sobre soja usada como alimento para ganado y el régimen simplificado para micro y pequeños operadores primarios en países de bajo riesgo.
En materia de herramientas digitales, el informe de la Comisión destacó positivamente a VISEC como una plataforma digital innovadora de Argentina que permite la trazabilidad de las exportaciones de soja, mencionándola junto con otros sistemas nacionales que están siendo desarrollados o mejorados por diversos países para prepararse para el cumplimiento del Reglamento EUDR.
Bergero y Calzada concluyen que, para la cadena de valor exportadora del complejo soja de Argentina, no ha cambiado mucho en lo que respecta al cumplimiento de la EUDR. En ese marco, señalan dos temas clave en los que resulta importante apoyar las gestiones de los funcionarios gubernamentales argentinos ante las autoridades europeas. El primero es enfatizar la complejidad de la segregación en una materia prima a granel como la soja, ya que la regulación lleva a apartar una parte importante de la producción oleaginosa de la comercialización de commodities para ubicarla en el proceso logístico del negocio de una specialty, con costos que no son despreciables. El segundo es insistir en la calificación de Argentina como país de riesgo bajo, para lo que señalan que existen suficientes argumentos.
Redacción por dataPORTUARIA
Fuente: Bolsa de Comercio de Rosario