martes 14 de abril de 2026 - Edición Nº2053

Ambiente y energía | 14 abr 2026

Resolución Oficial

La Secretaría de Energía declaró la extinción del permiso de exploración del bloque CAN 109 y revirtió el área al Estado Nacional

15:43 |La Resolución 87/2026, publicada en el Boletín Oficial el 9 de abril, formalizó el cierre del permiso de exploración otorgado en 2019 a Shell Argentina y QP Oil and Gas sobre el bloque CAN 109, ubicado en la Cuenca Argentina Norte a unos 200 kilómetros de la costa.


A través de la Resolución 87/2026, publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía declaró la extinción del permiso de exploración de hidrocarburos sobre el área CAN 109, ubicada en el ámbito costa afuera nacional, y dispuso la reversión del área al Estado Nacional.

El permiso había sido otorgado en septiembre de 2019 a las empresas Shell Argentina S.A. y QP Oil and Gas S.A.U. —filial de QatarEnergy— en el marco del Concurso Público Internacional Costa Afuera N° 1 (Ronda 1), convocado mediante el Decreto N° 872/18. El primer período exploratorio fue extendido en dos oportunidades: dos años en abril de 2022 y doce meses adicionales en mayo de 2025.

El 5 de diciembre de 2025, las empresas notificaron a la Secretaría su decisión de no avanzar hacia el segundo período exploratorio y de renunciar al permiso sobre el área CAN 109.

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Cumplimiento de obligaciones

La Dirección Nacional de Exploración y Producción verificó que las empresas cumplieron la totalidad de las inversiones comprometidas para el área CAN 109. Asimismo, confirmó que no se registran observaciones en materia ambiental, conforme a los requerimientos establecidos por la normativa vigente.

En cuanto al canon de exploración, Shell Argentina y QP Oil and Gas abonaron el correspondiente al período fiscal 2025 por un total de $ 361.583.123,47, mediante dos pagos: el primero de $ 252.552.027,81 efectuado el 31 de enero de 2025, y el segundo de $ 109.031.095,66 efectuado el 5 de septiembre de 2025.

La resolución

En virtud de lo establecido por los artículos 81 y 85 de la Ley N° 17.319, la Secretaría declaró la extinción del permiso y dispuso la reversión y transferencia del área CAN 109 al Estado Nacional.


Redacción por dataPORTUARIA
Fuente: Boletin Oficial - MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

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