martes 14 de abril de 2026 - Edición Nº2053

Informes | 13 abr 2026

Acuerdo Mercosur – Unión Europea

La UE aprobó un reglamento de salvaguardias más estricto para el acuerdo con el Mercosur y pone en la mira a productos clave de la exportación argentina

El Consejo Europeo y el Parlamento adoptaron el Reglamento 2026/687, que endurece los umbrales para investigar importaciones agrícolas del Mercosur, incorpora un monitoreo constante y agrega medidas anti-elusión.


En la segunda semana de marzo, y tal como relevaron Patricia Bergero, Guido D'Angelo y Julio Calzada desde la Bolsa de Comercio de Rosario, el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo adoptaron formalmente el Reglamento 2026/687, que establece la aplicación de las cláusulas bilaterales de salvaguardias del Acuerdo de Asociación Mercosur – Unión Europea y del Acuerdo Interino sobre Comercio UE – Mercosur para los productos agrícolas.

La aplicación provisoria del acuerdo

En el transcurso de cuatro semanas —la última de febrero y las tres primeras de marzo—, los Congresos de Uruguay, Argentina, Brasil y Paraguay sancionaron el Acuerdo Interino de Comercio. Con la promulgación de la ley a fines de marzo, Paraguay fue el último en completar ese proceso. A partir de la notificación de Argentina y Uruguay de haber seguido los procedimientos legales en la última semana de febrero, el Mercosur activó el mecanismo para la aplicación provisoria del Acuerdo Interino de Comercio, que incluye reducciones de aranceles, acceso a nuevos mercados y mejores condiciones comerciales.

Desde el bloque europeo, la Comisión Europea y el Consejo Europeo, haciendo uso de sus mecanismos legales, cristalizaron la activación del acuerdo provisorio, que comenzará el 1° de mayo de 2026. Cabe destacar que el Parlamento Europeo solicitó un dictamen de legalidad al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) antes de cerrar el proceso de ratificación, con declaraciones de eurodiputados que anticiparon que bloquearán la ratificación parlamentaria.

Con la aplicación provisoria, el Parlamento perdió su capacidad de bloquear el acuerdo anticipadamente, aunque conserva la posibilidad de hacerlo posteriormente, ya sea negando la ratificación una vez recibido el dictamen del TJUE o solicitando salvaguardias adicionales.

Qué cambió entre el borrador y el reglamento aprobado

En la comparación entre el borrador presentado en octubre de 2025 y el reglamento definitivo se advierten varias diferencias significativas.

En primer lugar, los umbrales para iniciar investigaciones se volvieron considerablemente más estrictos. Mientras que en el borrador original el proceso de investigación se activaba ante un crecimiento interanual del 10% en el volumen de importaciones, una caída interanual del 10% en el producto local y una diferencia de precio del 10% entre el importado y el local, en el reglamento definitivo esos gatillos se redujeron a la mitad, fijándose en el 5%. Además, la base de cálculo pasó de ser interanual a un promedio de tres años. La norma también establece que la Comisión "no se limitará a los umbrales cuantitativos" ante indicios claros de deterioro de la situación económica o disminución sostenida de precios nacionales.


El Consejo Europeo y el Parlamento adoptaron el Reglamento 2026/687, que reduce a la mitad los umbrales para investigar importaciones agrícolas del Mercosur e incorpora un monitoreo constante y proactivo en el marco del acuerdo bilateral. Fuente: Bolsa de Comercio de Rosario

En segundo lugar, el sistema de monitoreo pasó de ser semestral a "constante y proactivo", especificando además cuáles son las fuentes de observación de precios y cantidades. El artículo 17 del reglamento habilita expresamente a la Comisión a modificar la lista de productos sensibles del Anexo, tanto por iniciativa propia como a pedido de una rama de la producción de la UE.

En tercer lugar, se incorporaron medidas anti-elusión a través del artículo 16, que faculta a la Comisión a reforzar el control aduanero si detecta cambios de rutas comerciales destinados a eludir la aplicación de salvaguardias.

Por último, se realizaron ajustes en términos jurídicos para protegerse ante posibles denuncias ante la Organización Mundial del Comercio (OMC). Entre ellos, se reemplazó la expresión "industria de la Unión" por "rama de la producción de la Unión", lo que acota la investigación y la presentación de pruebas de daño a los productores de un bien específico. Asimismo, el reglamento establece que para solicitar una salvaguardia debe existir una representatividad de más del 50% de la producción del bloque, o un mínimo del 25% en casos excepcionales.

La respuesta de Brasil

En la segunda quincena de febrero, el gobierno brasileño publicó su propio decreto reglamentando la aplicación de salvaguardias en los acuerdos comerciales firmados por Brasil y el Mercosur. La medida regula la investigación y aplicación de medidas de salvaguardia bilaterales previstas en los acuerdos de libre comercio o que incluyan preferencias arancelarias.

A diferencia del reglamento europeo, los productos importados sujetos a investigación no integran un anexo fijo, sino que comprenden todos aquellos que contemplen preferencias arancelarias en el marco de los respectivos acuerdos. Las medidas de salvaguardia se activarán cuando las importaciones de un producto aumenten en cantidad y en condiciones que "causen o amenacen con causar daño grave a la industria nacional". Brasil utiliza el término "industria nacional", aunque la define en términos similares a la categorización de producción de la OMC.

El nivel de riesgo para las exportaciones argentinas

Según el análisis de la Bolsa de Comercio de Rosario, los sectores exportados por Argentina con mayor riesgo de enfrentar presiones u objeciones de parte de los productores europeos son la carne bovina refrigerada y congelada, el biodiesel y otros combustibles a base de aceites vegetales —donde la soja podría ser considerada de alto riesgo ILUC según cambios propuestos por la UE— y los cítricos. Asimismo, las oportunidades que el acuerdo genera para el arroz elaborado, los quesos y la leche en polvo también los convierten en potenciales objetivos de presiones.


Redacción por dataPORTUARIA
Fuente: Patricia Bergero – Guido D’Angelo - Julio Calzada - Bolsa de Comercio de Rosario

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