Las nuevas exigencias planteadas no sólo alcanzan al comercio de carne bovina y ganado, sino también a granos y lácteos. La Resolución se publicó este lunes en el Boletín Oficial y comienza a regir a partir de mañana.
EXIGENCIAS EN LA EXPORTACIÓN DE GRANOS Y LÁCTEOS
Los exportadores deben informar los detalles de las cuentas bancarias con las que operan, los movimientos en la misma en los últimos seis meses y los financiamientos vigentes. Además, elaborar un plan de proyección para el año siguiente donde se define la mercadería a exportar, volúmenes, proveedores y destinos. Deberán listar detalladamente al personal en relación de dependencia, informar el nombre de la ART y la entidad bancaria donde se depositan los haberes. Asimismo, deben presentar el último estado contable y la manifestación de bienes actualizada, junto a una constancia de ingresos de divisas en caso de haber exportado anteriormente.
EXIGENCIAS EN LA EXPORTACIÓN DE GANADOS Y CARNES
Para la exportación de estos productos, la Resolución establece que no sólo deberán cumplir con los puntos mencionados anteriormente los productores, sino que también los titulares de los establecimientos que prestan servicios de exportación a terceros. En este caso, serán mancomunada y solidariamente responsable por incumplir los requisitos expuestos.
