En el marco del Régimen de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), el CFP resolvió asignaciones de Reserva Social para 2026.
Para Santa Cruz, se asignaron volúmenes de merluza común destinados a los buques Gaucho Grande (360 t), Patagonia (360 t), Porto Belo II (280 t) y Viernes Santo (200 t), con descuento del porcentaje provincial indicado en el acta.
En el caso de Chubut, se aprobó la asignación de 650 t para el buque Ana III y 650 t para el buque Temerario I, imputadas al porcentaje provincial consignado en el documento.
Además, a pedido de la Provincia del Chubut, el CFP decidió dejar sin efecto la asignación de Reserva Social previamente otorgada al buque Nddanddu, con el descuento de las toneladas ya capturadas en el período anual en curso.
Langostino: se mantiene la tolerancia de by-catch para fresqueros arrastreros
A partir de una recomendación técnica del INIDEP, el CFP resolvió instruir que hasta el 30 de abril de 2026 se contemple una tolerancia de captura incidental (by-catch) de langostino de hasta 20% de las capturas totales por marea, para buques fresqueros arrastreros que operan en la pesquería de merluza común en el área definida entre 41°–42° S y 60°–62° O.
La medida reitera condiciones operativas: tratamiento adecuado a bordo y un máximo de 17 kg por cajón. También se solicita prever un refuerzo del embarque de AIPs para seguimiento permanente en los buques que se dirijan al área señalada.
Calamar: el CFP rechazó ampliar la operatoria del arrastre congelador al norte del 41° S
El Consejo trató la solicitud vinculada a habilitar la pesca objetivo de calamar (Illex argentinus) para buques arrastreros congeladores al norte del paralelo 41° S, junto con el planteo de elevar el porcentaje de captura incidental de merluza común.
En su respuesta, el INIDEP indicó que, si bien la operatoria propuesta no implicaría un impacto significativo sobre la sostenibilidad del calamar bajo el esquema de manejo vigente, no resultaba aconsejable aumentar el esfuerzo sobre merluza común por la fragilidad del stock reproductivo, advirtiendo que elevar el margen de captura incidental del 10% al 20% podría profundizar la declinación del recurso.
Con base en ello, el CFP decidió por unanimidad responder negativamente a la petición en los términos expuestos por el INIDEP.
Inactividad comercial: un expediente devuelto y otro con justificación aceptada
El CFP abordó expedientes de inactividad comercial. Para el buque San Adrian, resolvió devolver las actuaciones para que, por intermedio de la Autoridad de Aplicación, se requiera a la interesada invocar y demostrar la existencia de otra causa grave que motive la demora, dado el encuadre normativo aplicable a períodos superiores a dos años.
En el caso del buque Centurión del Atlántico, el CFP decidió hacer lugar a la solicitud de justificación por reparaciones en el exterior, aprobándola hasta el 12/01/2026, fecha informada como reanudación de la operación comercial
En materia de Permisos de Pesca de Gran Altura, el acta contempla autorizaciones por diez (10) años para operar en el área adyacente a la ZEE argentina con especie autorizada calamar, incluyendo los buques Xin Shi Ji N° 89 y Xin Shi Ji N° 95.
También se registra la autorización de permiso por diez años para el buque Xin Shi Ji N° 92, con la misma especie autorizada y zona de operación indicada.
El Acta CFP N° 2/2026 consolida definiciones de manejo para el arranque del año: uso de la Reserva Social en merluza común, reglas operativas para el by-catch de langostino hasta fines de abril y un criterio restrictivo frente a pedidos de ampliación de esfuerzo en calamar cuando involucran riesgos sobre la merluza común.
Redacción por dataPORTUARIA
Fuente: Consejo Federal Pesquero