El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) de Uruguay emitió un nuevo fallo en el que estableció que la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (CPDC) no tiene atribuciones para evaluar ni juzgar decisiones que forman parte de la política portuaria del Estado. La resolución fue informada por El País (Uruguay) y se enmarca en una serie de controversias judiciales vinculadas a la organización del sistema portuario nacional.
De acuerdo con lo publicado por el medio, el tribunal desestimó una demanda presentada por la empresa Montecon contra una resolución del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que había puesto fin a una investigación de la CPDC relacionada con acuerdos portuarios y condiciones operativas en el puerto de Montevideo.

Fallo judicial aclara el alcance institucional en materia de regulación portuaria en Uruguay.
En su fundamentación, el TCA sostuvo que las decisiones cuestionadas no corresponden al ámbito de análisis de la comisión de competencia, ya que se inscriben en el ejercicio de facultades propias del Poder Ejecutivo, vinculadas a la definición de políticas públicas estratégicas en materia portuaria.
El fallo reafirma, de este modo, la distinción institucional entre los organismos encargados de regular prácticas de mercado y aquellos que definen lineamientos estructurales de política sectorial, estableciendo límites claros sobre el alcance de cada competencia.
Desde una perspectiva portuaria, la resolución aporta mayor certeza jurídica respecto del marco en el que se toman las decisiones estratégicas del sistema, en un contexto donde los puertos cumplen un rol central para el comercio exterior y la logística regional.
El caso se suma a otros pronunciamientos judiciales recientes que abordan la gobernanza del puerto de Montevideo y la relación entre operadores privados y el Estado, con implicancias directas sobre la planificación, la inversión y la organización operativa del sistema portuario uruguayo.
Redacción por dataPORTUARIA