El directorio de la Administración Nacional de Puertos (ANP) resolvió este miércoles rescindir la concesión otorgada a la empresa Lobraus para operar en el puerto de Montevideo, decisión que deberá ser refrendada por el Poder Ejecutivo.
La resolución fue adoptada en la primera reunión del organismo en 2026, con la participación del presidente de la ANP, Pablo Genta, y del vicepresidente Constante Mendiondo, y sin la presencia del director por la oposición, Jorge Gandini. Con los dos votos oficialistas, el directorio definió la rescisión por incumplimiento del concesionario, sin derecho a indemnización alguna.
La empresa ya había sido suspendida como operador portuario y, en diciembre, la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) dispuso la clausura de su habilitación, prohibiendo el ingreso de mercadería a su predio dentro del puerto capitalino.
Lobraus había obtenido en 2016 una concesión con vigencia hasta 2046 para desarrollar un proyecto que incluía un depósito logístico y un edificio de 21 pisos. Sin embargo, a casi una década de su adjudicación, únicamente el depósito fue construido, mientras que la torre nunca se concretó, situación que dio lugar a reiterados reclamos por parte de las autoridades portuarias.

La concesión portuaria de Lobraus en Montevideo fue rescindida por decisión de la ANP, luego de reiteradas intimaciones, obras incumplidas y falta de regularización de deudas.
En septiembre del año pasado, el directorio de la ANP avanzó formalmente en la posibilidad de rescindir el contrato y, a pedido de Gandini, otorgó un plazo de 15 días para que la empresa regularizara sus deudas pendientes. Un informe del Departamento Financiero Contable de la ANP detallaba facturas impagas por US$ 448.949 y $ 2.340.158, lo que elevaba la deuda total a más de medio millón de dólares.
Pese a las intimaciones cursadas el 29 de octubre, la empresa no regularizó su situación y mantuvo las irregularidades. En diciembre, la ANP resolvió suspenderla como operador portuario y, en paralelo, la DNA clausuró su habilitación aduanera, otorgando un plazo de 60 días para el retiro total de la carga almacenada, habilitando únicamente operaciones de salida.
La decisión adoptada este 14 de enero por el directorio de la ANP culmina el proceso administrativo iniciado meses atrás y ahora será elevada al Poder Ejecutivo para su aprobación definitiva.
Redacción por dataPORTUARIA