La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM) formalizó, mediante la Resolución Nro. 16/2025, el esquema de capturas para la pesquería de rayas de altura durante la temporada 2026. La medida establece una Captura Total Permisible (CTP) de 4.800 toneladas, orientada a equilibrar la conservación del recurso con las necesidades socioeconómicas del sector pesquero en la Zona Común de Pesca.
Del total asignado, 4.300 toneladas serán destinadas exclusivamente a la pesca comercial, mientras que las 500 toneladas restantes se mantendrán como reserva administrativa para una gestión flexible por parte de la Comisión.
Rayas de aguas profundas
Esquema de distribución y flexibilidad: Para garantizar un esfuerzo pesquero ordenado, el cupo se dividirá en dos tramos:
Primer semestre (enero-junio): 2.800 toneladas.
Segundo semestre (julio-diciembre): 1.500 toneladas.
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La normativa contempla que los excedentes no capturados en el primer periodo puedan transferirse automáticamente al segundo, permitiendo a las flotas ajustar su operatividad según las condiciones del mercado y del clima.
Como medida de protección adicional, la Resolución incorpora una "cláusula de resguardo": si durante un semestre se alcanza el 80% del cupo, se activará un tope máximo por marea. En ese escenario, las rayas de altura no podrán superar el 10% del total desembarcado por buque, evitando así el agotamiento prematuro del cupo semestral.
Estas definiciones técnicas surgen de las recomendaciones del Grupo de Trabajo Condrictios, basándose en modelos científicos que evalúan la salud biológica de la especie. La medida es clave para las flotas de Argentina y Uruguay que operan en el área compartida.
Documento oficial: Resolución CTMFM Nro. 16/2025 completa