viernes 16 de enero de 2026 - Edición Nº1965

Pesca | 22 dic 2025

Nuevo precedente

Consejo Federal Pesquero avaló la inactividad del buque San Lucas I tras una década de conflicto judicial

Finalmente se declaró justificada la inactividad comercial del buque potero tras analizar un prolongado proceso judicial que impidió su operación por causas ajenas a la empresa armadora.


El Consejo Federal Pesquero (CFP) dejó sin efecto por unanimidad una resolución adoptada en 2014, declarando justificada la inactividad comercial del buque San Lucas I. La decisión se tomó tras analizar la evolución de un proceso judicial que mantuvo al potero con una medida cautelar de interdicción de navegar, impidiendo su salida al mar durante años.

DÍA DE LOS PESCADORES:

Buque pesquero. Fuente: Radio Provincia.

Caso histórico y precedente sectorial

La presentación que motivó este cambio de criterio fue impulsada por las firmas Frumar Frutos Marinos S.A., Productos Marinos Promar S.R.L., la Cooperativa de Trabajo de Apoyo Marítimo y Portuario Ltda. y Pesquera Virgen de Itatí S.R.L. Estas empresas aportaron antecedentes que demostraron que la inactividad no era imputable al armador.

En 2014, el CFP había rechazado la justificación de la inactividad, pero el nuevo análisis documental permitió establecer que el tribunal interviniente rechazó incluso la subasta del buque. Esto se debió a que la empresa Frumar Frutos Marinos S.A. no había sido demandada ni condenada en el expediente que originó la deuda reclamada y la posterior cautelar.

Al concluir que la causa del cese de actividades era ajena a la responsabilidad de la empresa, el CFP decidió rectificar su postura histórica. La resolución queda ahora sujeta a la presentación de testimonios judiciales certificados para completar el respaldo documental.

Quejas por la inactividad de la flota de Red Chamber – Revista Puerto

Buques pesqueros inactivos en muelle. Fuente: Revista Puerto.

Este caso sienta un antecedente de relevancia para la industria pesquera argentina reforzando la necesidad de que el organismo analice el contexto jurídico particular de cada buque y reclamo.


Redacción por dataPORTUARIA

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