sábado 13 de diciembre de 2025 - Edición Nº1931

Puertos | 9 dic 2025

Normativa Portuaria

Puerto de Mar del Plata establece multas y suspensiones por derrames de camiones pesqueros

El Consorcio Portuario Regional oficializó la Resolución 417-05/2025, que prohíbe el derrame de efluentes líquidos de vehículos de transporte de pescado fresco. La medida busca solucionar problemas de plagas y malos olores en los espacios públicos del puerto.


El Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata (CPRMDP) oficializó la Resolución 417-05/2025, publicada en el Boletín Oficial bonaerense. La normativa fija un nuevo esquema para el uso de los espacios público-portuarios y establece sanciones específicas por el derrame de aguas residuales y efluentes líquidos desde camiones que transportan pescado fresco.

La medida surge del expediente 6242-CPRMDP-25, el cual describe la problemática de los residuos vertidos por vehículos en diferentes áreas del puerto. Estos derrames generan olores desagradables, la proliferación de plagas y afectan las actividades de los permisionarios.

 

Actualidad del puerto de Mar del Plata y agenda de trabajo a futuro para su  desarrollo productivo | Infobrisas

 

El informe de la Gerencia de Explotación explicó que la normativa anterior (Resolución 376-08/2023) regulaba el ordenamiento vehicular, pero carecía de un mecanismo sancionatorio para los derrames que se producen a través de las canillas de desagüe de los camiones. Esta deficiencia significaba que solo se emitían llamados de atención o "apercibimientos", sin herramientas para penalizar la conducta.

El área técnica del CPRMDP destacó la necesidad de una regulación propia para los derrames de efluentes líquidos. La nueva norma permite fijar sanciones proporcionales, las cuales pueden incluir multas, suspensión de actividades o la revocación de permisos, dependiendo de la gravedad de la infracción.

La Asesoría Legal Externa respaldó el proyecto, recordando que los puertos son bienes de dominio público, regidos por el derecho administrativo. Quienes operan en el ámbito portuario tienen la obligación de acatar las reglamentaciones dictadas por la autoridad administradora, en este caso el CPRMDP.

 

Fricciones entre Trelew y Rawson por desechos pesqueros – Revista Puerto

 

Qué prohíbe la nueva resolución

El Directorio del Consorcio resolvió por unanimidad prohibir en todo el Puerto de Mar del Plata el derrame de efluentes líquidos, aguas residuales o residuos orgánicos provenientes de camiones de transporte de pescado fresco o productos similares.

Escala de sanciones

La resolución establece un esquema de penalidades crecientes, sujetas al cuadro tarifario vigente del CPRMDP:

  • Primera infracción: Multa de $150.842 y prohibición de ingreso al puerto hasta que se acredite el pago.

  • Segunda infracción: Multa de $294.364, con la misma restricción de acceso y la posibilidad de suspender el vehículo o la empresa por un plazo de hasta 90 días.

  • Tercera infracción o más: Multa de $725.123, prohibición de ingreso y la posibilidad de revocar el permiso de operación por 2 años para el infractor.

La resolución fue firmada por el presidente del Consorcio, Marcos H. Gutiérrez, y el director secretario, Eduardo Mayer, y ya se encuentra vigente tras su publicación oficial.


Redacción por DataPortuaria

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias