viernes 21 de noviembre de 2025 - Edición Nº1909

Actualidad | 21 nov 2025

Coordinación Interinstitucional

Prefectura y municipio lanzan operativo con alcoholemia y narcolemia a conductores de embarcaciones

19:21 |La Municipalidad de Rosario y la Prefectura Naval Argentina (PNA) iniciarán un operativo de control interinstitucional en el río Paraná para reforzar la seguridad náutica.


A partir del próximo fin de semana largo, la costa rosarina del río Paraná será objeto de un intensivo esquema de fiscalización. La coordinación entre la Secretaría de Control municipal y la PNA busca mitigar los riesgos asociados al incremento del flujo náutico en jornadas festivas, un esfuerzo crucial dada la alta concentración de embarcaciones registradas en Rosario, que asciende a 16.200 unidades a motor.

La implementación de los controles se distinguirá por una logística mixta y estratégica. Los tests de alcoholemia y narcolemia no se realizarán sobre el agua, sino en tierra firme, específicamente en los muelles de clubes náuticos y guarderías. Esta decisión de índole técnica se debe a que la PNA requiere el uso auxiliar de los equipos de medición de alcoholemia que proveerá el municipio.

Empiezan los controles de alcoholemia en clubes y guarderías náuticas de  Rosario: cómo se implementarán | Rosario3

Según explicó Bruno Romaniuk, jefe de Prefectura en Rosario, el operativo implica que la PNA detectará y seleccionará las embarcaciones al azar en puntos estratégicos, requiriendo a los conductores su sometimiento a las pruebas cuando arriben o se retiren. La Secretaría de Control municipal, con apoyo de personal de Protección Civil de Santa Fe y la PFA, suministrará las herramientas y el personal en tierra.

 

Marco normativo y rigor de las sanciones económicas

La normativa que rige la conducción de embarcaciones en la jurisdicción fluvial (Disposición PNA N°9/2011) prohíbe el consumo de alcohol durante la navegación. No obstante, esta regulación establece límites específicos que difieren de la ordenanza de alcohol cero vigente para el tránsito terrestre en la ciudad:

  • Embarcaciones a motor: Se admite un límite de hasta 0,5 gramos por litro de sangre.

  • Vehículos acuáticos personales (motos de agua): El límite es de 0,2 gramos por litro de sangre.

La negativa o el rechazo a someterse a las pruebas será considerado falta, activando inmediatamente el régimen sancionatorio. Las multas se calculan sobre la Unidad de Multa (UM), cuyo valor actual es de $220,86. Las infracciones por consumo de alcohol se penalizan con entre 100 y 20.000 UM, lo que se traduce en multas que oscilan entre $22.100 y $4.420.000. Además del impacto económico, la gravedad de la falta puede implicar el retiro temporal o definitivo del carné habilitante.


Redacción por dataPORTUARIA

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