viernes 21 de noviembre de 2025 - Edición Nº1909

Actualidad | 21 nov 2025

Acuerdo Binacional

La COMIP autoriza plan complementario para dragado de fondos duros en el Alto Paraná

11:48 |La Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná (COMIP) aprobó la ejecución del "Plan de Mejoras Complementarias en la Vía Navegable del Alto Paraná".


La COMIP resolvió dar curso a un proyecto de vital importancia para el transporte fluvial binacional, formalizando la aprobación del plan de mejoras a través de la Resolución Conjunta 1/2025 y 7/2025, fechada en Asunción el 11 de noviembre. La decisión se fundamenta en la necesidad operativa de superar las restricciones en el calado efectivo, especialmente notorias durante los niveles bajos del río.

La problemática se agudizó tras detectarse la presencia de suelos duros o semiduros en áreas como Ituzaingó (KM 1450-1460), una situación no prevista en la Licitación Pública Nro. 89/2024 impulsada por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones de Paraguay.

ALTO PARANÁ

 

Objetivos técnicos y soluciones propuestas

El "Proyecto Ejecutivo" presentado por Riverpar S.A. (ATRIA/ROCKTREE) fue rigurosamente analizado y se concluyó que posee una base técnica sólida y exhaustiva para su implementación. El plan se enfoca en el dragado puntual de fondos mixtos, con el objetivo principal de asegurar una navegabilidad a 10 pies en todo momento, manteniendo un ancho de canal de 110 metros, una dimensión para permitir el paso seguro de convoyes de 20 barcazas.

Desde el punto de vista operativo y ambiental, el proyecto es considerado viable. Se estima un volumen de extracción reducido, y se utilizarán técnicas de dragado habituales con un impacto considerablemente menor, como draga de corte y succión, retroexcavadora o fresadora hidráulica.

Un componente crucial es el Plan de Abordaje Ambiental, que será ejecutado por la Facultad de Ciencias Veterinarias de la UNNE. Este plan garantiza la caracterización, supervisión y mitigación de eventuales impactos, con la COMIP manteniendo su facultad de supervisión y recopilación de datos batimétricos pre y post dragado.

Es fundamental destacar que la aprobación de la COMIP no exime a la empresa ejecutora de cumplir con la totalidad de los requisitos normativos y reglamentarios definidos por las autoridades nacionales, provinciales o departamentales de ambos países, especialmente en lo referente a las Certificaciones Ambientales obligatorias.


Redacción por dataPORTUARIA

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