La publicación por parte de la Casa Blanca de una "Declaración Conjunta sobre el Marco para un Acuerdo entre EE.UU y Argentina sobre Comercio e Inversión Recíprocos" constituye un avance en las relaciones comerciales entre ambos países. Este documento, analizado por la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA), define la estructura sobre la cual se discutirán los términos precisos de un acuerdo que abarca tanto el comercio como la inversión. La concreción de este pacto bilateral se enmarca en la estrategia de la política comercial de EE.UU., que ha intensificado las negociaciones país por país.
¿Cómo impactan los compromisos arancelarios en el sistema multilateral? Argentina se ha comprometido a conceder acceso preferencial a las exportaciones de bienes de EE. UU., lo que incluye productos como ciertos medicamentos, maquinaria, tecnología de la información, vehículos automotores y una variedad de productos agrícolas.
Sin embargo, el uso del término "preferencial" genera interrogantes sobre su compatibilidad con las obligaciones de la Nación Más Favorecida (NMF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Expertos señalan que, dado que la obligación NMF solo permite a países desarrollados otorgar preferencias a países en desarrollo —y no al revés—, la reducción arancelaria argentina debería interpretarse como una reducción parcial compatible con la OMC.
En cuanto a los compromisos estadounidenses, en el marco de los "Posibles ajustes arancelarios para los socios alineados", EE. UU. eliminará los aranceles recíprocos sobre "ciertos recursos naturales no disponibles y productos no patentados para ser usados en aplicaciones farmacéuticas" de origen argentino. No obstante, la lista específica de estos bienes aún no se ha divulgado, lo que dificulta evaluar el impacto económico real. Respecto a los aranceles de la Sección 232 (que afectan a sectores como acero y aluminio con aranceles del 50%), la declaración solo indica que EE. UU. "puede considerar positivamente el efecto que el Acuerdo tiene sobre la seguridad nacional... al adoptar medidas comerciales". La ambigüedad reside en si esta consideración aplicará únicamente a acciones futuras o si también permitirá reconsiderar las medidas ya implementadas.
Uno de los capítulos más detallados se refiere a las medidas de acceso no arancelarias. Argentina se compromete a:
Adicionalmente, el país se compromete a eliminar gradualmente la tasa de estadística para productos estadounidenses y a no requerir formalidades consulares para las exportaciones de EE. UU.. Curiosamente, la declaración no menciona una contrapartida de reconocimiento de EE. UU. a los estándares sanitarios y técnicos argentinos, ni aborda la situación de bienes argentinos afectados por medidas antidumping o contingentes arancelarios en el mercado estadounidense (como la miel o el maní).
El marco también incluye compromisos en materia de propiedad intelectual. Argentina se compromete a abordar los desafíos estructurales señalados por EE. UU., como los criterios de patentabilidad y el atraso en el otorgamiento de patentes.
En un contexto geopolítico, surgen compromisos que parecen vincularse indirectamente a las políticas de otros países, como China. Argentina acuerda:
La declaración abre la puerta a una profundización de los lazos comerciales y a una posible armonización regulatoria con EE. UU.. Los países "trabajarán con celeridad para finalizar el texto del Acuerdo para su firma" y llevarán a cabo las formalidades internas, incluyendo la aprobación parlamentaria. ¿Estará Argentina preparada para la celeridad que exige este marco?
Redacción por dataPORTUARIA