viernes 14 de noviembre de 2025 - Edición Nº1902

Puertos | 14 nov 2025

Administración y Logística

ANPYN formaliza tercer y cuarto nivel y crea la Subgerencia Ambiental

12:56 |La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) dictó la Resolución 55/2025 para aprobar la estructura organizativa de tercer y cuarto nivel de su Gerencia de Coordinación Técnica.


La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), establecida como ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Economía. A través de la Resolución 55/2025 del 12 de noviembre de 2025, el Director Ejecutivo aprobó la estructura de tercer y cuarto nivel operativo correspondiente a la Gerencia de Coordinación Técnica.

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Reestructuración para la eficiencia y trazabilidad

Esta decisión administrativa se fundamenta en la necesidad de tornar operativa a la Agencia y optimizar el aprovechamiento de los recursos humanos disponibles. El objetivo es consolidar un esquema de trabajo articulado que garantice la trazabilidad de las actuaciones vinculadas a la Gerencia , tanto con las áreas bajo su órbita como con las demás que integran la ANPYN.

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El organismo, que es continuador jurídico de la ex Subsecretaría de Puertos y de la Administración General de Puertos (AGP), ya contaba con su estructura de primer y segundo nivel aprobados. La actual resolución completa la arquitectura institucional de un área neurálgica.

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La emergencia de la gestión ambiental especializada

Un componente de la reestructuración reside en la temática ambiental. Las misiones y funciones asignadas previamente a la Gerencia de Ingeniería Portuaria y de Vías Navegables han sido modificadas. Esto se debe a la transferencia de competencias ambientales, lo que impulsó la creación formal de la Subgerencia Ambiental.

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Este nuevo espacio técnico asumirá las atribuciones relacionadas con el cuidado del medio ambiente en el ámbito portuario y de navegación. La formalización de esta Subgerencia subraya la creciente relevancia de los estándares de sostenibilidad en el sector marítimo-portuario global.

Desde el punto de vista financiero, la Gerencia de Administración y Finanzas de la Agencia sostuvo que la presente medida no genera impacto presupuestario alguno en el momento de su dictado, aunque se prevén las adecuaciones pertinentes a futuro. La medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el DNU N°3 del 3 de enero de 2025.


Redacción por dataPORTUARIA

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