sábado 15 de noviembre de 2025 - Edición Nº1903

Logística | 11 nov 2025

Actualización de normas OMI.

El transporte de carbón vegetal tendrá nuevas reglas internacionales

La Enmienda 42/24 al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas entrará en vigencia el 1 de enero de 2026. La actualización modifica el envasado, la estiba y elimina la desclasificación por ensayo de autocalentamiento para el carbón animal o vegetal.


La Prefectura Naval Argentina informó que, a partir del 1 de enero de 2026, entrará en vigencia la Enmienda 42/24 al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG). Esta normativa, aprobada mediante resolución MSC.556(108) por la Organización Marítima Internacional (OMI), regula el transporte en bultos de mercancías peligrosas por vía marítima.

Entre las principales modificaciones, se destaca la incorporación de regulaciones específicas para el transporte seguro de carbón animal o vegetal. La nueva norma elimina la posibilidad de desclasificación por ensayo de autocalentamiento y modifica las condiciones de envasado, estiba y segregación de dicha mercancía peligrosa.

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El Código IMDG es un instrumento internacional cuya implementación se encuentra regulada a nivel nacional por la Prefectura. Las normas argentinas (Ordenanzas N° 3/96, N° 5/11 y N° 1/90) ya establecen la aprobación de envases, la capacitación del personal terrestre y los procedimientos de notificación para el transporte de estas mercancías.

La obligatoriedad de la Enmienda 42/24 busca alinear las prácticas argentinas con los estándares más recientes de seguridad marítima global, reforzando el control sobre el carbón como mercancía que requiere una gestión diferenciada debido a su riesgo de autocalentamiento.


Redacción por DataPortuaria

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