La Prefectura Naval Argentina informó que el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) —el principal instrumento global en materia de seguridad marítima— ha sido enmendado mediante la Resolución MSC.532(107). A partir del 1 de enero de 2026, la regla V/19.2.12 establece la instalación obligatoria de clinómetros electrónicos en los buques portacontenedores y graneleros de arqueo bruto igual o superior a 3000 que se construyan desde esa fecha.

La incorporación de estos dispositivos permitirá que el Registrador de Datos de la Travesía (RDT) determine, muestre y registre el movimiento de balanceo del buque, ofreciendo información crítica para evaluar la estabilidad operativa durante la navegación. Este dato es esencial para prevenir incidentes vinculados a condiciones adversas, cargas mal distribuidas o maniobras de riesgo.

En el marco de la implantación de los instrumentos internacionales, este nuevo requerimiento se incorporó a la Ordenanza N.º 1/2008 (DPSN) sobre medidas de seguridad de la navegación. De este modo, se actualiza la lista de sistemas y aparatos náuticos obligatorios para los buques portacontenedores y graneleros del pabellón nacional, asegurando que las nuevas construcciones cumplan con los estándares internacionales de seguridad establecidos por SOLAS.
Redacción por DataPortuaria