

El proceso de simplificación normativa y desregulación que impacta directamente en el sector agropecuario ha sido profundizado por el Gobierno nacional. Mediante la Resolución N° 209/2025, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (SAGyP) derogó un conjunto de ocho resoluciones que habían quedado obsoletas o en desuso y eran ejecutadas a través del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
La acción de la SAGyP se fundamenta en la necesidad de ordenar el marco regulatorio vigente, eliminando aquellas disposiciones que han quedado obsoletas o sin pertinencia con las buenas prácticas regulatorias internacionales. El propósito es mejorar la transparencia y facilitar el acceso a la normativa esencial para todos los actores de la cadena productiva.
La derogación cubre una amplia gama de regulaciones que han sido superadas por el avance técnico o la reestructuración institucional. Las ocho resoluciones anuladas son las siguientes:
La SAGyP eliminó la normativa de 1991 que establecía el Certificado Argentino de Calidad para la certificación de granos y subproductos (Res. N° 302/1991), así como la resolución de 1994 sobre la aprobación de aranceles del extinto IASCAV (Res. N° 209/1994). En el ámbito de la sanidad vegetal, se anularon la disposición sobre el Registro de Terapéutica Vegetal (Res. N° 1040/1994) y el instructivo para el procedimiento general de la cuarentena post-entrada de material (Res. N° 292/1998).
Adicionalmente, se dejaron sin efecto las normas para la producción y comercialización de plantas de vivero de olivo (Res. N° 811/2000) y la que regulaba requisitos para acceder a beneficios del Convenio para Mejorar la Competitividad del Sector Frutícola de Peras y Manzanas (Res. N° 391/2001). Finalmente, se revocaron dos resoluciones sobre el control de la plaga Carpocapsa (Cydia Pomonella L.), cuyos programas ya no ejecuta el SENASA: la que aprobaba el Programa Nacional de Supresión (Res. N° 1269/2004) y la que ratificaba pautas del Sistema de Mitigación de Riesgo para la exportación de peras y manzanas a Brasil (Res. N° 497/2006).
La eliminación de estas ocho disposiciones apunta directamente a reducir la carga burocrática para los productores, mejorando la eficiencia y la transparencia del marco legal que rige las actividades agroalimentarias del país.
Redacción por DataPortuaria