lunes 20 de octubre de 2025 - Edición Nº1877

Pesca | 20 oct 2025

Eficiencia y modernización en la fiscalizació

La Subsecretaría de Pesca simplifica la normativa de reproceso de calamar para reducir la carga administrativa

11:28 |La Disposición 363/2025 elimina trámites redundantes y flexibiliza los plazos de notificación para el reproceso de calamar, buscando agilizar las descargas y el procesamiento en tierra, en respuesta a la dinámica real de la industria pesquera.


¿Cómo la simplificación administrativa puede impactar en la agilidad de las operaciones del sector pesquero? La Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca, dependiente del Ministerio de Economía, ha aprobado la Disposición 363/2025, una medida orientada a simplificar los procedimientos administrativos asociados al reproceso de calamar (Illex argentinus). El objetivo central es mejorar la eficiencia en la fiscalización tanto de las descargas en muelle como del procesamiento en planta.

Máquina de procesamiento de calamar - YUKE

El subsecretario Juan Antonio López Cazorla firmó el texto que modifica la normativa vigente desde 2022. La principal alteración consiste en la supresión de la obligatoriedad de confeccionar el "Acta de Comprobación de envío a Planta de Procesamiento", un trámite que fue identificado como redundante y generador de demoras operativas. La Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, a partir de su análisis técnico, concluyó que el esquema previo imponía una carga administrativa innecesaria al sector empresarial.

Máquina de procesamiento de calamar - YUKE

A partir de la nueva disposición, el Acta de Descarga, emitida por el Inspector Nacional de Muelle, será considerada suficiente para acreditar el destino del calamar enviado a las plantas, simplificando significativamente el circuito documental.

Otro cambio relevante es la flexibilización de los plazos de aviso para los procesos en tierra. La norma elimina el plazo fijo de 72 horas de anticipación y lo sustituye por la obligación de notificar “en forma previa” a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Esta modificación busca una mayor adaptación a la logística variable de la flota y la realidad operativa de la industria.

Calamar Gigante: protagonista de exportaciones pesqueras

La disposición también amplía las opciones documentales para que las empresas acrediten el cumplimiento de los compromisos de procesamiento en tierra. Las alternativas incluyen: facturas de venta certificadas con código CAE emitido por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), actas de constatación de procesamiento emitidas por la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, o actas de verificación de SENASA, siempre que se garantice la trazabilidad.

La Subsecretaría ha alineado esta actualización normativa con los principios de modernización y eficiencia administrativa promovidos por la Ley 27.742, con el objetivo de reducir los tiempos burocráticos y fortalecer la seguridad jurídica para promover un desarrollo pesquero sostenible.


Redacción por DataPortuaria

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