

La Prefectura Naval Argentina (PNA) oficializó una modificación en la normativa aplicable al Régimen Administrativo del Buque, a través de la Disposición 1187/2025. La medida introduce cambios para simplificar y actualizar los trámites relacionados con el Registro Nacional de Buques, en línea con las políticas de modernización administrativa del Estado.
La actualización modifica la Ordenanza Nro. 9/02 (DPSN), que regula las normas y formularios para el registro de embarcaciones. Entre los puntos más relevantes, se destaca la eximición de la presentación de la factura de compra del motor para aquellas embarcaciones que deben contar con el Certificado Nacional de Seguridad para la Navegación. Además, se actualiza el procedimiento para cambios de motor en los buques mercantes de la 1ª y 3ª agrupación que requieren dicho certificado.
Estos cambios fueron impulsados por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, a partir de la implementación del Decreto 37/2025 (REGINAVE), que estableció nuevas pautas para la navegación marítima, fluvial y lacustre.
La medida se enmarca en los lineamientos del DNU 70/2023, que promueve la adopción de un sistema económico basado en decisiones libres y en un ámbito de libre concurrencia. La disposición entró en vigencia a partir de su publicación oficial y fue firmada por el Prefecto Nacional Naval, Guillermo José Giménez Pérez, junto con Marcelo Adrián del Giorgio y Alejandro Paulo Annichini.
Redacción por DataPortuaria