

En paralelo, la Cámara Nacional del Trabajo ha declarado la invalidez constitucional de los artículos 2 y 3 del mismo decreto, los cuales establecían regulaciones al derecho de huelga. Recientemente, un fallo judicial adicional ordenó la reincorporación de trabajadores que habían sido desvinculados tras participar en un paro.
El juez Enrique Alonso Regueira fundamentó su decisión en la medida cautelar solicitada por empresas navieras argentinas. Estas compañías argumentaron que el decreto afectaba la estabilidad jurídica, económica y operativa del sector. Según su presentación, la implementación de la normativa provocaría una situación de desventaja para las empresas nacionales frente a compañías extranjeras, lo que, afirmaron, perjudicaría la economía nacional y regional, así como la dinámica de los puertos de Rosario y el Cordón Industrial.
En su argumentación, el magistrado consideró que la aplicación del decreto podría impactar el empleo de trabajadores argentinos del sector marítimo, al introducir, según se señaló, condiciones más restrictivas para la navegación nacional y, a la vez, flexibilizar las condiciones para embarcaciones extranjeras. El juez indicó que esto podría poner en riesgo la continuidad operativa de empresas argentinas, consideradas relevantes para las economías regionales y los puertos del complejo agroexportador.
El fallo también hizo referencia al proceso de consulta previa con los actores involucrados, el cual, según el magistrado, no se cumplió. Se exhortó al Gobierno nacional a establecer instancias de diálogo con representantes del sector para buscar un consenso sobre las reformas, buscando asegurar tanto la competitividad como la sostenibilidad de la marina mercante argentina.
La Cámara Nacional del Trabajo declaró la invalidez constitucional de los artículos 2 y 3 del Decreto 340/25, que, además de regular la marina mercante, establecía modificaciones al ejercicio del derecho a huelga en diversas actividades. La acción de amparo había sido interpuesta por la Confederación General del Trabajo (CGT).
Los jueces Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado confirmaron la decisión de primera instancia, al considerar que el decreto no justificaba los requisitos de necesidad y urgencia que habilitaran la omisión del trámite constitucional de sanción de las leyes.
Adicionalmente, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a una medida cautelar este viernes, ordenando la reincorporación de 117 trabajadores desvinculados por Corredores Viales en abril. La jueza Graciela Craig, en su voto, sostuvo que los despidos se motivaron en la adhesión a la huelga, lo que, según su interpretación, constituye una afectación a derechos vinculados a la libertad sindical, protegidos por la Constitución y tratados internacionales.
Desde el Sindicato Único de Trabajadores de Peajes y Afines (SUTPA) manifestaron que "este fallo demuestra lo que denunciamos desde el primer día: los despidos fueron una represalia directa por ejercer nuestro derecho a huelga, levantar barreras y defender nuestros derechos colectivos”.
Redacción por DataPortuaria
Fuente: Ambito