viernes 11 de julio de 2025 - Edición Nº1776

Actualidad | 10 jul 2025

SEGURIDAD MARÍTIMA

El Gobierno redefine el rol de la Prefectura Naval y la consolida como Fuerza de Seguridad Federal

Un nuevo decreto modifica la Ley N° 18.398, reorganizando la estructura jerárquica de la PNA y ampliando sus facultades en seguridad de la navegación, control marítimo y protección ambiental, bajo la órbita del Ministerio de Seguridad, con vigencia desde el 8 de julio de 2025.


El presidente de la Nación firmó el Decreto Nro. 457/2025, que modifica la Ley Nro. 18.398, reestructurando el marco legal que regula a la Prefectura Naval Argentina (PNA). Con esta decisión, la Prefectura queda consolidada como una Fuerza de Seguridad Federal bajo la órbita del Ministerio de Seguridad, con nuevas competencias, estructura y funciones, tanto en tiempos de paz como en situaciones excepcionales.

Entre los cambios más relevantes, el decreto redefine a la Prefectura como fuerza policial marítima con facultades amplias en materia de seguridad de la navegación, prevención de la contaminación proveniente de buques, protección portuaria, control judicial y asistencia en siniestros. También establece que podrá actuar como Policía Judicial, auxiliar aduanera y migratoria, e incluso intervenir en la pesca y caza marítima en lo que sea de su competencia.

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La norma amplía las atribuciones de la fuerza, permitiéndole ejercer funciones como autoridad de aplicación de normas internacionales, intervenir en foros internacionales, y desarrollar tareas de investigación científica. Además, se le asigna la administración del Sistema Nacional de Lucha contra la Contaminación Costera y la gestión de registros clave como el Registro Nacional de Buques y del Personal de la Navegación.

 

Estructura interna y régimen de personal

En cuanto a su estructura interna, la Prefectura contará con una Prefectura Nacional y una Subprefectura Nacional, además de direcciones, departamentos, zonas, unidades académicas y organismos de apoyo. Los jefes máximos serán designados por el Poder Ejecutivo.

Otro punto es la incorporación de nuevas disposiciones sobre incorporación, ascensos, régimen disciplinario, retiros y reincorporaciones, con detalladas regulaciones sobre antigüedad, suplementos salariales y derechos del personal retirado. Incluso se contempla la posibilidad de que el Ejecutivo otorgue estado militar al personal en caso de conflicto internacional o conmoción interna. También se establece que el personal que haya sido dado de baja podrá ser reincorporado o acceder al retiro pleno si se comprueba fehacientemente que hubo razones para revertir esa decisión.

El decreto instruye a la Prefectura a presentar en un plazo de 90 días hábiles los proyectos reglamentarios necesarios para adecuarse a este nuevo marco, que entró en vigencia el 8 de julio de 2025 a partir de su publicación en el Boletín Oficial.


Redacción por DataPortuaria
Fuente: Antonela - Pescare

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