

El Consorcio Portuario Regional Mar del Plata ha puesto en vigencia el nuevo Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos Provenientes de Buques. Esta medida apunta a mejorar el manejo de los desechos generados por las embarcaciones que operan en las Terminales 2 y 3 y la Escollera Norte. La iniciativa busca garantizar mayor seguridad ambiental y sanitaria dentro del puerto, en línea con las exigencias nacionales e internacionales en materia de protección del medio marino.
La resolución, que comenzó a regir tras un período de seis meses de adecuación, impone obligaciones claras tanto a los buques nacionales como extranjeros que deseen descargar residuos asimilables a domiciliarios. También alcanza a las empresas de recolección y transporte de residuos, así como a los armadores, capitanes, agentes marítimos y propietarios o representantes legales de las embarcaciones.
Según explicó Marcos Gutiérrez, presidente del Consorcio Portuario Regional Mar del Plata, "transcurrido el plazo previsto para la adecuación al sistema, avanzamos con este nuevo esquema de trabajo para la descarga de residuos que nos permitirá un mayor y mejor cuidado de la seguridad ambiental y sanitaria de nuestro puerto".
El nuevo reglamento establece requisitos específicos para la clasificación, almacenamiento, manejo y disposición final de los residuos sólidos urbanos generados a bordo. A su vez, introduce herramientas para asegurar la trazabilidad completa del desecho, desde su descarga en el muelle hasta su tratamiento en el predio de disposición final. Las tripulaciones que ya realizan separación de residuos a bordo deberán registrar el tipo y peso del descarte, cerrando el ciclo con controles más eficaces.
En el caso de buques provenientes del exterior que deban descargar residuos orgánicos o de riesgo sanitario, se aplica obligatoriamente la Resolución 645/2021 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), que regula estrictamente el tratamiento de estos desechos en puertos nacionales.
El reglamento también introduce un régimen sancionatorio que contempla multas económicas, inhabilitaciones temporales y, en casos graves o de reincidencia, la suspensión definitiva de la operatoria en el puerto. Las penalidades pueden alcanzar valores equivalentes al uso portuario de un buque de 30 metros de eslora, y se prevé la obligación de reparación ambiental cuando se verifique daño al entorno por manejo inadecuado de los residuos.
Desde el Consorcio Portuario destacaron que la implementación de este sistema representa un avance sustancial hacia un modelo de puerto más sustentable. La trazabilidad, el cumplimiento normativo y el refuerzo de las condiciones sanitarias son pilares centrales de esta nueva etapa, buscando alinear la operatoria portuaria con los estándares internacionales de seguridad ambiental y responsabilidad institucional.
Redacción por DataPortuaria
Fuente: GlobalPorts