

En un paso hacia la reactivación de la flota tangonera congeladora, que se encontraba paralizada hace más de 70 días, la Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras (CAPIP) y la Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de la Argentina (CAPeCA) firmaron un acuerdo con la Asociación Argentina de Capitanes, Pilotos y Patrones de Pesca. El Dr. Diego González Lernoud y el Dr. Eduardo Saravi representaron a las cámaras, mientras que el Dr. Federico Larroy lo hizo por la Asociación.
El acuerdo busca dar respuesta a la crítica coyuntura que atraviesa la industria del langostino congelado a bordo, estableciendo bases para retomar la actividad pesquera, resguardar los puestos de trabajo y mantener la competitividad internacional. Ambas partes manifestaron su total coincidencia e interés mutuo para superar la crisis mediante una modificación del marco convencional vigente, garantizando los derechos de los trabajadores y la productividad del sector. Destacaron, además, la predisposición de las autoridades de la Secretaría de Trabajo, que mediaron para alcanzar este acuerdo ad referendum de su homologación.
Entre los puntos centrales del acuerdo se establece un régimen salarial para la oficialidad de puente. El salario básico en navegación será de $1.485.000 para los capitanes y $1.162.000 para los primeros oficiales. A su vez, se redefine la liquidación del sueldo proporcional por producción: se calculará según el tonelaje neto de langostino congelado descargado, vinculado a la cotización del dólar oficial y una segmentación de valores del precio internacional del producto. Este nuevo sistema absorbe el salario básico y otros conceptos fijos, dejando sin efecto cláusulas previas de liquidación para estos buques.
El acuerdo tendrá vigencia hasta que se adecúen los convenios colectivos básicos o por determinación de las partes. Será aplicable exclusivamente a oficiales de puente embarcados en buques pesqueros congeladores con procesamiento a bordo, dedicados a la pesca de langostino con tangones, de pabellón nacional y con puerto de operaciones en el país.
Las partes solicitaron su homologación con efecto retroactivo desde la fecha de firma y la aplicación del beneficio establecido en el Decreto 633/2018, que permite dar tratamiento no remunerativo al 70% del salario total por 90 días (prorrogable), con exención de contribuciones patronales. El acuerdo podrá ser adoptado por empresas no asociadas a CAPIP o CAPeCA.
Como gesto de colaboración, la Asociación de Capitanes reducirá al 1% el aporte sindical de los trabajadores durante la vigencia del acuerdo, y se ajustarán temporalmente los aportes a capacitación y acción social. Se contempla el carácter estacional de la pesca de langostino en la zona de veda (junio-septiembre), fijando un régimen laboral por temporada.
Finalmente, el acuerdo subraya la necesidad de sostener la paz social, reconociendo la naturaleza exportadora de la industria y su exposición a los vaivenes del mercado internacional. Las partes destacaron la intervención de la autoridad laboral nacional, que instó a una salida conciliadora para preservar la operatoria y el empleo. Este documento es una base de consenso para el regreso inmediato de la flota tangonera congeladora a la actividad, sentando las condiciones para una futura adecuación normativa definitiva.
Redacción por DataPortuaria
Fuente: Antonela - Pescare