jueves 03 de abril de 2025 - Edición Nº1677

Actualidad | 17 mar 2025

Convocatoria para la Importación de Vehículos con Arancel Cero en 2025


Por: Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía - Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial

El Ministerio de Economía, a través de la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial, ha oficializado la Disposición 30/2025, estableciendo el procedimiento para la asignación de cupos de importación de 50.000 vehículos con alícuota del Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) fijada en 0%. Esta medida se enmarca en el Decreto N° 49/25 y la Resolución N° 29/25 de la Secretaría de Industria y Comercio, con el objetivo de facilitar el ingreso de determinadas unidades dentro de las posiciones arancelarias establecidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.).

 

Distribución de cupos


Los vehículos importados bajo este esquema se repartirán en dos categorías:

  • 25.000 unidades destinadas a empresas terminales con producción radicada en Argentina.
  • 25.000 unidades para personas físicas o jurídicas que no cumplan con el requisito anterior.

El valor FOB unitario de los vehículos no podrá exceder los USD 16.000, conforme lo establecido en el Decreto N° 49/25.

 

Criterios de asignación


Las solicitudes se priorizarán con base en:

  1. Mes de nacionalización de los vehículos.
  2. Precio de lista de venta al público en dólares, privilegiando las solicitudes con menor valor declarado en caso de coincidencia en la fecha de importación.

 

Procedimiento y plazos


Los interesados deberán presentar su solicitud mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación en el Boletín Oficial. La documentación requerida debe incluir la declaración jurada de cumplimiento con la Ley N° 24.449 y la normativa de seguridad vigente.

La Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial verificará la correcta ejecución de las importaciones y podrá requerir información adicional a los adjudicatarios o a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (A.R.C.A.).

 

Sanciones y renuncias


Los adjudicatarios podrán renunciar total o parcialmente al cupo sin penalidad dentro de los 20 días hábiles posteriores a la asignación. En caso de incumplimiento en tiempos, cantidades o valores declarados, se aplicarán sanciones conforme lo dispuesto en la Resolución N° 29/25.

La disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

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