Mediante la Resolución 212/2022 se realizaron modificaciones a la gestión del trámite con el objetivo de simplificar el procedimiento y agilizar la tramitación, liquidación y pago de los beneficios para favorecer al sector exportador en su operatoria de comercio exterior.
Para acceder al reintegro las empresas solicitantes deberán estar inscriptas en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP). El trámite de tipificación de la mercadería se realizará a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
Hasta el momento, el régimen Drawback implicaba prácticamente una tramitación por operación. A través de la nueva modificatoria, el Certificado de Tipificación Drawback tendrá un plazo de cinco años para ser aplicado a diferentes operaciones comerciales, en tanto no se modifique la relación insumo-producto declarada y/o la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).
El producto a exportar podrá contener todas o algunas de las mercaderías importadas aprobadas en el Certificado de Tipificación.
